Si eres ciudadano colombiano y sueñas con reunirte con tus seres queridos en Estados Unidos, este artículo es para ti. A continuación, te contaremos las últimas noticias de reunificación familiar 2023 y te guiaremos sobre los pasos para solicitar una visa de inmigrante. Conocerás las categorías de visa disponibles, los requisitos y documentos que debes presentar. Además, te brindaremos consejos útiles para agilizar el proceso y maximizar tus posibilidades de éxito. 

¿Qué tipos de visa basada en una petición familiar existen?

De acuerdo con la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), hay dos grupos principales de categorías de visas de inmigrante basadas en la petición familiar: los familiares inmediatos y los familiares de preferencia.

Familiares inmediatos

Estas visas se otorgan a personas que tienen una relación familiar cercana con un ciudadano estadounidense, como cónyuges, hijos o padres. Una característica importante de estas categorías es que no hay un límite establecido para la cantidad de inmigrantes que pueden recibirlas cada año fiscal.

Familiares de preferencia

Están destinadas a relaciones familiares más distantes con ciudadanos estadounidenses y algunas relaciones con residentes permanentes legales. Sin embargo, el número de inmigrantes en estas categorías está limitado cada año fiscal.

Aquí, es importante tener en cuenta que los ciudadanos estadounidenses pueden presentar peticiones de reunificación familiar en nombre de: 

  • Cónyuge
  • Hijo o hija
  • Padre o madre
  • Hermano o hermana

Por otro lado, los residentes permanentes legales en Estados Unidos, solo pueden presentar peticiones de visa de inmigrante para:

  • Cónyuge
  • Hijos e hijas solteros

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¿Cómo solicitar una reclamación familiar en Estados Unidos?

El proceso de visa de inmigrante en Estados Unidos comienza cuando un ciudadano estadounidense o residente legal permanente presenta una reclamación de reunificación familiar. Esta se hace ante el Servicio de Inmigración y Ciudadanía de los Estados Unidos (USCIS), a través del formulario I.130 Petition for Alien Relative

Esta petición es indispensable y debe ser aprobada antes de que tu caso proceda al Centro Nacional de Visas (NVC). Una vez cumples con este requisito, deberás seguir los siguientes pasos:

  1. Inicio del proceso en el Centro Nacional de Visas: Después de que USCIS apruebe tu petición, tu caso será transferido al Centro Nacional de Visas del Departamento de Estado (NVC). El NVC creará tu caso en su sistema y te enviará una Carta de Bienvenida con la que podrás acceder al Centro Consular de Solicitud Electrónica (CEAC). Allí podrás hacer seguimiento a tu caso y gestionarlo.
  2. Pago de tarifas: Una vez recibas la Carta de Bienvenida, deberás realizar el pago de las tarifas de procesamiento. Esto incluye la tarifa de solicitud de visa de inmigrante y la tarifa de Declaración Jurada de Manutención.
  3. Declaración de apoyo financiero: Completa la Declaración Jurada de Apoyo (Formulario I-864). En esta, un patrocinador acepta la responsabilidad financiera del solicitante que viene a vivir a Estados Unidos. Si tus ingresos son insuficientes, puedes contar con un patrocinador conjunto. 
  4. Completa tu solicitud DS-260: Una vez el estatus en el CEAC sea actualizado a “PAGADO”, deberás completar la Solicitud para Visa de Inmigrante y Registro de Extranjero (Formulario DS-260). Accede al CEAC y sigue las instrucciones para completar y presentar tu solicitud en línea. Imprime la página de confirmación para llevarla contigo a la entrevista.
  5. Prepara tus documentos civiles: Obtén los documentos civiles requeridos, como actas de nacimiento, matrimonio, divorcio, etc. Asegúrate de contar con sus traducciones certificadas al inglés. Escanea y carga los documentos en el CEAC.
  6. Prepárate para la entrevista: Agenda y completa tu examen médico con un Panel Physician autorizado por la embajada. Reúne los documentos necesarios para la entrevista, como fotografías y los documentos civiles originales o copias certificadas que presentaste al NVC.
  7. Entrevista al solicitante: Acude a la embajada o consulado en la fecha y hora agendadas para tu entrevista. Lleva contigo la página de confirmación de tu solicitud de visa. Un oficial consular te entrevistará, tomará tus huellas digitales y determinará tu elegibilidad para recibir la visa de inmigrante. Todos los solicitantes requeridos deben participar en la entrevista.

Después de la entrevista, si tu visa es aprobada, recibirás información sobre cómo y cuándo se te entregará tu pasaporte con la visa.

¡Recuerda seguir todas las instrucciones proporcionadas por el NVC y mantener la documentación requerida actualizada durante todo el proceso!

¿Cuál es el tiempo de espera de las peticiones familiares?

Los tiempos de espera para las peticiones familiares pueden ser bastante variables. Actualmente, la oficina de USCIS está tardando entre cinco y treinta meses en procesar las peticiones I-130. Sin embargo, es importante tener en cuenta que estos tiempos pueden cambiar y dependerán de varios factores, como la oficina local de USCIS y la relación familiar con el beneficiario.

En general, los familiares inmediatos, como cónyuges o hijos solteros, suelen tener tiempos de espera más cortos en comparación con otros beneficiarios. En lugar de esperar hasta 30 meses, es posible que solo tengan que esperar alrededor de 14,5 meses para que su petición de reunificación familiar sea procesada. 

¿Cómo averiguar el estatus de mi reclamación familiar?

Verificar el estado de tu reclamación familiar es muy sencillo. Puedes hacerlo de forma electrónica, desde tu hogar, oficina o incluso desde tu teléfono móvil. Solo necesitas seguir estos pasos:

  1. En primer lugar, accede al sistema de Verificar Estatus de Caso en el sitio web oficial de USCIS (www.uscis.gov). 
  2. Para verificar tu caso, necesitarás el número de recibo. Este número es un código único de 13 caracteres que USCIS te proporcionó cuando presentaste tu solicitud o petición. Consta de tres letras seguidas de diez números.
  3. Ingresa el número de recibo en el sistema, omitiendo los guiones (“-“) pero incluyendo otros caracteres como asteriscos (“*”) si forman parte del número.
  4. El sistema te mostrará la última acción tomada en tu caso y te proporcionará los próximos pasos a seguir, si es necesario. 

Si deseas verificar otro caso de reclamación de reunificación familiar, simplemente ingresa el número de recibo en el campo correspondiente que aparece bajo “Provea Otro Número de Recibo”.

¿Quién es elegible para la reunificación familiar en EEUU?

La elegibilidad para la reunificación familiar en Estados Unidos depende de varios factores y categorías de visa. Estas son algunas de las personas que pueden ser elegibles:

  • Ciudadanos estadounidenses: Los ciudadanos estadounidenses pueden solicitar la reunificación familiar para sus cónyuges, hijos solteros o casados, padres y hermanos.
  • Residentes permanentes legales: Los residentes permanentes legales en Estados Unidos también pueden solicitar la reunificación familiar, aunque las opciones son más limitadas. Pueden solicitar a sus cónyuges y a sus hijos solteros. 

¿Se puede hacer una petición familiar de hijos a padres?

Solo los ciudadanos estadounidenses pueden presentar una petición familiar para sus padres. Los residentes permanentes legales no son elegibles para hacer este proceso.

Cómo ya te explicamos, la petición de reunificación familiar se realiza mediante el formulario de Petición Familiar I-130. Al presentar la petición, deberás demostrar la relación de parentesco entre tú y tus padres. Esto puede incluir actas de nacimiento, evidencia de tu ciudadanía y cualquier otro documento que respalde la relación familiar.

¿Un residente permanente puede pedir a su esposa?

Sí, un residente permanente en Estados Unidos puede presentar una petición familiar para su cónyuge. Sin embargo, debes tener en cuenta que la petición de esposa se clasifica en la categoría de “preferencia familiar”. Esto significa que hay un número limitado de visas disponibles cada año fiscal y puede haber una lista de espera antes de que se otorgue la visa.

¿Un residente permanente puede pedir a su hermano?

No. Los residentes permanentes no pueden presentar una petición familiar para traer a sus hermanos a vivir permanentemente en el país. Solo los ciudadanos estadounidenses tienen la opción de hacerlo.

Para esto, el ciudadano estadounidense tendrá que presentar la reclamación para su hermano a través del Formulario de petición familiar I-130. Una vez que esta sea aprobada, se deberá esperar a que haya una visa disponible. Recuerda que la categoría de preferencia familiar para hermanos tiene un número limitado de visas disponibles cada año fiscal y puede haber una lista de espera significativa.

¿Puede un residente pedir a un hijo mayor de edad?

Un residente permanente de Estados Unidos puede presentar una solicitud de reunificación familiar para su hijo mayor de edad, siempre y cuando sea soltero. Por otro lado, un ciudadano puede pedir un hijo casado. 

Cuando presente la solicitud, necesitará demostrar la relación de parentesco con su hijo y cumplir con los requisitos establecidos por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS).

¿Si soy residente americano puedo pedir a mi nieto?

No, como residente permanente de Estados Unidos, no puedes presentar una petición para tu nieto. Los residentes permanentes solo pueden presentar peticiones para ciertos familiares directos, como cónyuges e hijos solteros, sin importar su edad. Por lo tanto, la petición de residente permanente de nieto no califica dentro de estas categorías de reunificación familiar.

Sin embargo, si tu nieto cumple con los requisitos para ser considerado huérfano y no tiene padres disponibles para cuidarlo, se podría explorar la opción de adopción o custodia legal. En estos casos, vale la pena que busques asesoría legal especializada para determinar las alternativas disponibles y los requisitos que se aplican.

¿Qué es el permiso Humanitario de reunificación familiar?

El pasado 7 de julio de 2023, el Departamento de Seguridad Nacional de Estados Unidos anunció la implementación de nuevos procesos para facilitar la reunificación familiar en ese país. ¿Qué significa esto? 

Si eres ciudadano colombiano y cuentas con un formulario aprobado llamado I-130 de Petición de Familiar Extranjero, podrías ser elegible para recibir un Permiso humanitario de reunificación familiar. Esta autorización te permitirá ingresar y quedarte en Estados Unidos hasta que tu visa de inmigrante esté lista.

El permiso es otorgado exclusivamente por invitación del Gobierno de Estados Unidos. Ellos evaluarán cada caso de manera individual y decidirán si te lo conceden. Si logras obtenerlo, podrás quedarte en Estados Unidos por hasta tres años y solicitar permiso para trabajar legalmente mientras esperas tu visa de inmigrante. 

Una vez que te otorguen la visa, tendrás la opción de solicitar la residencia permanente, siguiendo las reglas y requisitos establecidos por las autoridades estadounidenses.